miércoles, 17 de abril de 2024

Cultura Constitucional

Integración del Poder Judicial de la Federación

Lic. Simón Baca Suárez

La noticia más relevante de esta semana se refiere a la destitución del presidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Este órgano es el tribunal especializado en materia político electoral y máxima autoridad en la materia. Así mismo, este tribunal forma parte del Poder Judicial de la Federación, pero por mandato constitucional no depende directamente del órgano de administración de este poder, ya que se le reconoce cierta autonomía e independencia del resto de los tribunales. 
Por lo anterior, resultó interesante la visita de los magistrados y magistradas electorales ante la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ya que éste no resulta ser superior jerárquico de los integrantes del tribunal electoral, por tanto, podría ser solo un intento de prestar apoyo para generar un dialogo en vías de conciliación entre los inconformes. 
El tema resulta propicio para mostrar a nuestra comunidad lectora, la integración y conformación del Poder Judicial de la Federación. Este poder es considerado por muchos como el más estable, el más estricto en su funcionamiento, el que más controles tiene en cuanto al ingreso y permanencia de su personal y por tanto, el que mayor confianza genera en la percepción de la población. 
A partir de artículo 94 de la Constitución Política Federal encontramos la descripción del Poder Judicial de la Federación. Este poder esta integrado por las autoridades que imparten justicia y las que administran el recurso humano, de infraestructura y de tipo económico. Según el mandato de la Constitución este poder será integrado por los Tribunales Federal, estando a la cabeza la Suprema Corte de Justicia de la Nación, luego el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, los Tribunales Colegiados de Circuito, Tribunales Unitarios de Circuito -en adelante se denominarán Tribunales Colegiados de Apelación y los Juzgados de Distrito. 
Además de las autoridades antes mencionadas, que son las que imparten justicia en el ámbito federal, también encontramos dentro del Poder Judicial de la Federación al Consejo de la Judicatura Federal, como la instancia encargada de velar por la administración, disciplina y vigilancia del poder en su conjunto; de forma directa para los Tribunales Colegiados, Unitarios y Juzgados y mediante comisión especial para la del Tribunal Electoral. 
La Suprema Corte de Justicia de la Nación se conforma por once personas con el cargo de ministra o ministro. Durarán en su encargo 15 años. Su designación para integrar la Corte implica la participación del titular del Ejecutivo y del Senado, respectivamente. En una emisión anterior de este espacio desarrollamos el procedimiento y los requisitos para la designación de los Ministros y Ministras. 
La Suprema Corte funciona en un Pleno conformado por los once integrantes. También funciona en dos Salas, la primera encargada de conocer y resolver asuntos en materia penal y civil y la segunda sala esta encargada de conocer y atender los asuntos en la materia laboral y administrativa. Cada Sala se conforma por 5 personas, de las cuales 1 de ellas será designada para hacerse cargo de la presidencia de la Sala por un periodo de dos años. 
La persona que ocupa la Presidencia de la Corte, por mandato constitucional también ocupa la Presidencia del Consejo de la Judicatura Federal. El cargo se ejerce por un período de 4 años. Por tanto, esta persona debe velar por la administración y buen funcionamiento de la Corte y a la vez, está pendiente de los temas de administración y buen despacho de todos los demás órganos jurisdiccionales que integran el poder. Por tanto, en el caso de la nota que comentamos al inicio resulta válido y legitimo intermediario para resolver temas como el de las inconformidades en el pleno del Tribunal Electoral. 
El Consejo de la Judicatura Federal es un órgano que fue creado en el año de 1995 para encargarse de la parte administrativa del Poder Judicial. Con ello se descargaba de trabajo administrativo a la Suprema Corte, permitiéndole enfocarse en mejores condiciones a la atención de los asuntos meramente judiciales. El Consejo se convirtió entonces como el superior jerárquico de todas las magistradas, magistrados, juezas y jueces federales.
Una de las principales funciones del Consejo es la creación de órganos jurisdicciones, determinar la competencia de éstos y emitir la normatividad que permita atender de forma más ágil los asuntos competencia de los tribunales. También se encarga de regular y supervisar el la designación y ratificación de las juezas, jueces, magistradas y magistrados federales, salvo los del Tribunal Electoral. El Consejo también es competente para implementar mecanismos de disciplina o incluso para la destitución del personal en cualquiera de sus puestos. 
Los Tribunales Colegiados de Circuito se integran por 3 personas con el cargo de magistrados. Son designados por el Consejo y en un plazo de 5 años son sometidos a ratificación, según el cumplimiento de metas, objetivos y eficiente administración de las tareas. Estas instancias fueron creadas en su momento para apoyar a la Suprema Corte para el estudio y atención de asuntos que implicaban revisión de las sentencias de Amparo de los juzgados de Distrito. 
La creación de Tribunales colegiados dependerá de la carga de trabajo y el cumulo de asuntos que se presenten en la entidad federativa, por ejemplo, no es la misma carga de trabajo que se presenta en la Ciudad de México o Estado de México, que la que se demanda en Michoacán. En los tribunales colegiados se presentan asuntos como amparos contra sentencias definitivas, algunas inconformidades en amparos contra leyes o actos de autoridades.  
Los Juzgados de Distrito y Tribunales Unitarios de Circuito, (en próximas fechas serán tribunales colegiados de apelación) representan la primera y segunda instancia en materia federal. Todos los juicios con motivo de la aplicación de leyes federales deben presentarse en estas instancias, primero ante juzgados y luego, en caso de impugnación o inconformidades ante los tribunales. Al Tribunal Unitario lo encabeza la persona con cargo de magistrado o magistrada, al Juzgado de Distrito por su parte la persona con cargo de Juez o Jueza federal.
Cada órgano jurisdiccional cuenta con personal que auxilia al titular, los puestos de secretaría cumplen dos funciones: una encargada de tramitar y preparar los asuntos para que se emita sentencia y la otra, estudiar y preparar el proyecto de sentencia. El puesto de la actuaría se encarga de hacer cumplir las determinaciones del órgano jurisdiccional, son las personas que interactúan con las partes en el proceso, para informarles o enterarles de los despachos de asuntos. 
Los puestos de oficialía auxilian a las secretarías y actuaría, ya sean en atender tareas para el procedimiento o las investigaciones para los proyectos de sentencias. En este puesto inicia la carrera judicial. Podríamos mencionar que aquí se aprende a hacer para después supervisar y mandar a hacer a otros.  Esperamos que este breve repaso no permita dimensionar un poco sobre la integración del Poder Judicial de la Federación.