martes, 21 de abril de 2026

Día de la Abogacía.

Lic. Simón Baca Suárez

Con el gusto de saludarles, estimada comunidad lectora de este espacio periodístico. Considero que la fecha de 12 de julio es propicia para presentar algunas reflexiones acerca de la función social que representa el ejercicio de la abogacía. Es importante hacer una precisión, si bien, suele referirse al 12 de julio como el día del abogado, en estas fechas no es precisa ni correcta dicha referencia porque no abarca a las mujeres que también ejercen la función, además de diversas manifestaciones en que se puede ejercer la materia.


 

La denominación de la profesión es Licenciatura en Derecho, no obstante, en algunas universidades se conserva la denominación de Abogacía. La Licenciatura en Derecho permite un ejercicio en diversas áreas, la más característica ha sido la función de representar y abogar por intereses de terceras personas, por ejemplo, sus bienes patrimoniales, derechos civiles y políticos, la relación entre las personas y el Estado, así como la libertad individual.
Otra área para el ejercicio de la profesión es la función pública, donde las personas supervisan, ejecutan, revisan y en su caso, crean la normativa que será aplicada en el ámbito de la competencia de las autoridades. En la función pública se oferta a las personas el derecho de la defensa y representación jurídica gratuita, dicha función es prestada por la defensoría pública, la cual puede ser en materia penal, administrativa y electoral. Otra manifestación de este servicio es la asesoría jurídica gratuita, que puede ser prestada en la materia penal, laboral, civil o administrativa.

Considero que en esta área podemos agrupar a la función notarial en el Estado. Esta función permite entre otras, dotar de certeza y seguridad a los actos que realizamos en la vida cotidiana y que permiten la protección del patrimonio, la voluntad y ejercicio de determinados derechos civiles. El Estado reconoce a un profesional del Derecho la potestad de validar y formalizar actos jurídicos y una vez que ello ocurre, dicho acto tiene efectos públicos, es decir, frente a terceras personas.
La profesión del Derecho se ejerce también desde la docencia e investigación, para la formación de nuevas generaciones de profesionistas. Esta función requiere estudio constante para actualización, innovación, así como perspectiva critica. La nueva generación de profesionales del Derecho queda confiada a quienes transmitan sus conocimientos de forma adecuada. La función judicial es otra área para el ejercicio de la profesión de Licenciatura en Derecho, función cada vez más relevante y sometida a escrutinio público; donde tienen la alta responsabilidad de resolver conflictos, disputas y en su caso, despachar peticiones individuales para constituir o modificar derechos.
 

Cualquiera que sea la manifestación en que se ejerza la función profesional deberá ser con elementos técnicos suficientes; recordemos que la sociedad delega confianza e intereses de importancia en quienes ejercen la función. Para la supervisión y mejoramiento de la función profesional se constituyen las asociaciones y colegios de profesionales del Derecho. En estos cuerpos colegiados se organizan actividades de capacitación, solidaridad, defensa de intereses comunes y vigilancia del correcto ejercicio profesional. Como parte de los documentos fundamentales de las asociaciones y colegios de profesionistas se emiten Códigos de ética para el ejercicio de la profesión, en estos documentos se describen las conductas prohibidas para el profesionista, así como algunas otras que abonan al mejor ejercicio profesional y prestigio del gremio.
 

No podemos dejar de mencionar que toda actividad humana es perfectible y susceptible al error humano, sin embargo, muchos de los yerros cometidos en el ejercicio de la función profesional son provocados por la voluntad humana, es decir, motivados por el dolo, la mala fe, así como la intensión de simular, engañar u ocultar situaciones concretas. Lamentablemente esta situación ha estado y sigue presente en gran parte de la sociedad, algunas ocasiones motivadas por el profesionista y en otras, sugeridas, motivadas y solicitadas por la clientela. Aquí es donde cobra relevancia la interrogante ¿qué tipo de profesionista del Derecho demanda la sociedad mexicana hoy en día?