El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) dio a conocer, desde la capital michoacana, los beneficios fiscales para patrones y trabajadores eventuales del campo 2019-2020, de acuerdo con el Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación.
Dicho Decreto, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020, consiste en eximir parcialmente o reducir el pago de las cuotas obrero-patronales, con el objeto de promover la afiliación de los trabajadores eventuales del campo.
Roberto Alejandro Guzmán Cariño, titular de la División de Incorporación Voluntaria y Convenios, dio a conocer ante patrones productores del campo michoacano que, de acuerdo con las instrucciones del Director General, Germán Martínez Cázares, impulsarán en el país la incorporación de las familias campesinas y de los trabajadores del campo a los beneficios de la seguridad social.
Agregó que este Decreto, además de los beneficios fiscales, otorga las facilidades administrativas para movimiento afiliatorios, acceso a servicios médicos y servicios de guarderías con mayor premura, pues una vez que se ha hecho la inscripción, en caso de ser necesario, el trabajador podrá gozar de estos beneficios a los siete días siguientes.
Por su parte, Juan Manuel Montañez González, titular de la Subdivisión de Incorporación Voluntaria y Trabajadores Eventuales, explicó que este Decreto es una medida de estímulo que creó el IMSS, una vez que fue declarado con carácter obligatorio para la inscripción de los trabajadores del campo, en el año 2007, pero se han hecho modificaciones, ésta última que tendrá una vigencia de dos años y fenecerá el 31 de diciembre de 2020.